ADMINISTRACIÓN

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I. Administrar los recursos humanos, materiales y financieros del órgano político-administrativo, conforme a las políticas, lineamientos criterios y normas establecidas por la oficialía mayor y la Secretaría de Finanzas.

II. Administrar los recursos humanos y materiales que correspondan a los juzgados del registro civil y juzgados cívicos que se ubiquen en cada órgano político-administrativo.

III. Planear y coordinar la prestación de servicios de apoyo que requieran las diversas unidades administrativas y unidades administrativas de apoyo técnico-operativo del órgano político-administrativo.

IV. Autorizar previo acuerdo con el titular del órgano político administrativo, la adquisición de bienes, contratación de servicios y arrendamientos de bienes inmuebles, observando al efecto las disposiciones jurídicas administrativas.

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