| Información relativa al punto de acuerdo aprobado por el Pleno de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, sobre la Transparencia de los Mercados Públicos en la Delegación Benito Juárez.
Calendario de Actualización de la Información Pública de Oficio BDJ
Capítulo II De la transparencia y publicidad de los actos de los entes públicos del Distrito Federal Artículo 3. Toda la información generada, administrada o en posesión de los Entes Públicos se considera un bien de dominio público, accesible a cualquier persona en los términos y condiciones que establece esta Ley y demás normatividad aplicable. Articulo 13. Todo Ente Público del Distrito Federal deberá publicar al inicio de cada año un listado de la información que detentan, por rubros generales, especificando el ejercicio al que corresponde, medios de difusión y los lugares en donde se pondrá a disposición de los interesados, a excepción de la información reservada o clasificada como confidencial en términos de esta Ley. Artículo 14. Al inicio de cada año, los entes públicos deberán publicar y mantener actualizada, de forma impresa o en los respectivos sitios de Internet, de acuerdo con sus funciones, según corresponda, la información respecto de los temas, documentos y políticas que a continuación se detallan: | | | | | | |
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| | | | | | IX. Esta fracción se publicó en blanco en la Gaceta Oficial del Distrito Federal | | X. Para los últimos tres ejercicios fiscales, la relativa al presupuesto asignado en lo general y por programas, así como los informes trimestrales sobre su ejecución. Esta información incluirá: a) Los ingresos recibidos por cualquier concepto, incluidos los donativos, señalando el nombre de los responsables de recibirlos, administrarlos y ejercerlos; b) Los montos destinados a gastos relativos a Comunicación Social; c) El presupuesto de egresos y método para su estimación, incluida toda la información relativa a los tratamientos fiscales diferenciados o preferenciales; d) Las bases de cálculo de los ingresos; e) Los informes de cuenta pública; f) Aplicación de fondos auxiliares especiales y el origen de los ingresos ; y g) Estados financieros y balances generales, cuando así proceda; | | | | | XIII. Los instrumentos archivísticos y documentales, de conformidad con lo establecido en las disposiciones jurídicas aplicables; | | | | XV. Con respecto a las auditorias y revisiones, un informe que contenga lo siguiente: a) Los resultados de todo tipo de auditorias concluidas, hechas al ejercicio presupuestal de cada uno de los Entes Públicos. b) El número y tipo de auditorias a realizar en el ejercicio presupuestario respectivo, así como el órgano que lo realizó; c) Número total de observaciones determinadas en los resultados de auditoria por cada rubro sujeto a revisión y las sanciones o medidas correctivas impuestas; y d) Respecto del seguimiento de los resultados de auditorias, el total de las aclaraciones efectuadas por el Ente Público. | | XVI. Los dictámenes de cuenta pública así como los estados financieros y demás información que los órganos de fiscalización superior utilizan para emitir dichos dictámenes; “No Aplica. Esta información es generada por la Contaduría Mayor de Hacienda de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal”. Si lo desea puede consultar la siguiente dirección electrónica: www.cmhaldf.gob.mx (Es necesario contar con el programa Flash para visualizar esta página). Para consultar los Dictámenes de la Cuenta Pública elija una de las siguientes opciones y por favor siga las instrucciones. Pasos a seguir: -
Ingrese a la sección Transparencia ubicada en la parte superior de la página principal del portal: www.cmhaldf.gob.mx -
Seleccione el vinculo Información de Oficio. Se desplegara en su pantalla el listado de fracciones correspondientes al artículo 14 de la Ley de Transparencia y acceso a la información Pública del D.F.. -
Dentro del listado de fracciones, ubique la XVI y seleccione el informe de resultados y/o Dictámen de Estados Financieros que desee consultar. | XVII. Respecto de los convenios y contratos celebrados por el ente público, un listado que relacione el número de contrato, su fecha de celebración, el nombre o razón social del proveedor, objeto, el monto del valor total de la contratación, el plazo de ejecución, los mecanismos de vigilancia y supervisión, incluyendo, en su caso, estudios de impacto urbano e impacto urbano-ambiental; | | | | | | | | | | | XXIII. La relacionada con los programas y centros destinados a la práctica de actividad física, el ejercicio y el deporte, incluyendo sus direcciones, horarios y modalidades; | | XXIV. Los programas operativos anuales y/o de trabajo de cada uno de los Entes Públicos; | | XXV. Informe de avances programáticos o presupuéstales, balances generales y su estado financiero; | | XXVI. Cuenta Pública; | | | Artículo 18. Además de lo señalado en el artículo 14, los órganos político-administrativos, al inicio de cada año, deberán mantener actualizada, de forma impresa para consulta directa y en los respectivos sitios de Internet, de acuerdo con sus funciones, según corresponda, la información respecto de los temas, documentos y políticas que a continuación se detallan: Artículo 28. Los Entes Públicos deberán de tener en la página de inicio de sus portales de Internet una indicación que señale el sitio donde se encuentre a la que se refiere este Capítulo. Además las páginas deberán contar con buscadores temáticos y disponer de un respaldo con todos los registros electrónicos para cualquier persona que lo solicite.
Igualmente, procurarán la creación de bases de datos explotables para la generación de conocimiento por parte de la sociedad.
Artículo 29.Con el objeto de verificar que la información pública que recibe cualquier persona es la versión más actualizada, el Ente Público deberá difundir, dentro del primer mes de cada año, un calendario de actualización, por cada contenido de información y el área responsable. En caso de que no exista una norma que ya instruya la actualización de algún contenido, éste deberá actualizarse al menos cada tres meses. En todos los casos se deberá indicar la fecha de la última actualización por cada rubro a los que se refieren este Capítulo.
Última Actualización: 15/Octubre/2009 Área Responsable: Oficina de Información Pública
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