OBRAS Y DESARROLLO URBANO

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  • Expedir licencias para la ejecución, modificación y registro de obras de construcción, ampliación, reparación o demolición de edificaciones o de instalaciones o para la realización de obras de construcción, reparación y mejoramiento de instalaciones subterráneas.
  • Expedir licencias de fusión, subdivisión, relotificación de conjunto y de condominios.
  • Autorizar los números oficiales y alineamientos.
  • Expedir, en coordinación con el registro de los planes y programas de desarrollo urbano, las certificaciones del uso del suelo.
  • Otorgar, previo dictamen de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda, las autorizaciones para la instalación de toda clase de anuncios visibles en la vía pública, en construcciones y edificaciones.
  • Proponer al titular del órgano político-administrativo la adquisición de reservas territoriales para el desarrollo urbano.
  • Rehabilitar escuelas, así como construir y rehabilitar bibliotecas, museos y demás centros de servicio social, cultural y deportivo a su cargo.
  • Construir y rehabilitar los parques y mercados públicos que se encuentren a su cargo, de conformidad con la normatividad que al efecto expidan las dependencias competentes.
  • Proponer y ejecutar las obras tendientes a la regeneración de barrios deteriorados.
  • Ejecutar los programas delegacionales de obras para el abastecimiento de agua potable y servicio de drenaje y alcantarillado a partir de redes secundarias, conforme a la autorización y normas que al efecto expida la autoridad competente y tomando en cuenta las recomendaciones que sea factible incorporar, de la comisión que al efecto se integre.
  • Construir y rehabilitar las vialidades secundarias, las guarniciones y banquetas requeridas en la demarcación territorial.
  • Construir y rehabilitar puentes, pasos peatonales y reductores de velocidad en las vialidades primarias y secundarias de su demarcación, con base en los lineamientos que determinen las dependencias.
  • Ejecutar las demás obras y equipamiento urbano que no estén asignadas a otras dependencias.
  • Prestar el servicio de información actualizada en relación a los programas parciales de la demarcación territorial del órgano político-administrativo.
  • Las demás que de manera directa les asignen el titular del órgano político-administrativo, así como las que se establezcan en los Manuales Administrativos.
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